Existe la creencia generalizada de que los distintivos ambientales de la DGT tienen en consideración (o deberían) cuánto consume cada vehículo y las emisiones de carbono que se producen en consecuencia. No obstante, no es así en absoluto. Entonces, ¿cómo se clasifican los coches? ¿Es según su eficiencia energética? Vamos a descubrirlo.
La clasificación ambiental tiene en cuenta las normativas Euro y las tecnologías de sus motorizaciones, pero no se tienen en cuenta ni el consumo ni las emisiones de carbono. Las normas Euro limitan los gases contaminantes que pueden salir por los tubos de escape y teniendo en cuenta la clase del vehículo y su potencia.
El CO2 no se considera como un contaminante, sino un gas de efecto invernadero y que afecta al cambio climático. El consumo de cualquier combustible implica emisiones de CO2. En cuanto a los vehículos eléctricos, el CO2 emitido se calcula respecto a la generación de su energía, solo cuando la fuente es 100% renovable podríamos hablar de emisiones cero. En cualquier caso, las emisiones locales sí son cero (0 g/km de CO2), ya que no tienen tubo de escape..
Ya que la eficiencia energética es algo siempre relativo a otros, no algo absoluto, existen criterios objetivos para determinarla. Esto se fijó en la Directiva 1999/94 CE de la Unión Europea, incorporada a la normativa española mediante el Real Decreto 837/2002 de 2 de agosto.
Desde el año 2002 se encarga el Instituto para la Diversificación y ahorro de la Energía (IDAE) de realizar esa clasificación de la eficiencia energéticay mantenerla actualizada. Básicamente, la eficiencia se determina en bandas de la A a la G, siendo la A la más eficiente (consume un 25% menos que la media) y G la que menos (consume un 25% más que la media), como pasa con los electrodomésticos. Los vehículos con etiqueta D están en la media de eficiencia energética en su categoría.
La comparación se hace considerando el consumo energético de cada vehículo en función de su superficie ocupada, y en relación a la media de su categoría. Las emisiones de CO2 se pueden obtener directamente a partir del consumo de combustible o de electricidad.
La base de datos del IDAE supera los 15.000 modelos de turismos, todoterrenos y furgonetas, tanto con combustibles convencionales como alternativos, y es accesible en la dirección: http://coches.idae.es/base-datos.
En dicha dirección se pueden consultar los consumos y emisiones homologadas, tanto en ciclos NEDC como WLTP (este último es el más fiable), además de una ficha técnica. En algunos casos hay vehículos que no tienen clasificación de eficiencia energética por falta de datos.
La búsqueda se puede realizar por marca y modelo, por segmento comercial, por clasificación de consumo relativo, por intervalo de consumo, por intervalo de emisiones (gramos de CO2/km) y por los vehículos que sean elegibles para planes de ayuda estatales o autonómicos.
La interpretación de la eficiencia energética es trivial: un vehículo A es más eficiente que uno B, un B es más eficiente que un C, etc. Dentro de la misma clase de eficiencia energética la diferencia de consumo más objetiva es la medición en ciclo WLTP, si bien hay multitud de factores que pueden alterar el consumo del vehículo, WLTP tiene en consideración varios de ellos (velocidad, carga, uso del aire acondicionado, etc).
Las comparaciones de eficiencia energética, por tanto, solo tienen sentido dentro de la misma categoría de clasificación, ya que es frente a los modelos equivalentes. Esta clasificación no tiene ningún efecto en el distintivo medioambiental que expide la DGT. Tampoco tiene efectos en el impuesto de matriculación (IEDMT) o el impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM), pero conocer el dato del CO2 emitido es útil de cara a futuros impuestos o tasas.
En el caso de la comunidad autónoma de Catalunya, está vigente desde 2020 un impuesto anual que grava las emisiones de CO2 del vehículo y se abonará en 2021. El primer año se pagará por cada gramo que pase de 120 g/km de CO2, a partir del segundo año por cada gramo que pase de 95 g/km de CO2. Cuanta más distancia haya entre los gramos emitidos y esos límites, mayor será la tasa a liquidar, ya que va por tramos. Para más información, puedes consultar la web de la Generalitat de Catalunya.
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